Diferencia entre convenio y contrato, y los elementos esenciales de un contrato de franquicia en México.
¿Qué es un convenio?
Un convenio es un acuerdo de voluntades entre dos o más partes para crear, modificar o extinguir obligaciones.
¿Qué es un contrato?
Un contrato es un tipo específico de convenio que tiene como finalidad producir o transferir obligaciones y derechos. En el derecho mexicano, los contratos son acuerdos que generan efectos jurídicos y están regulados por el Código Civil Federal y otras leyes especiales.
Diferencia clave:
La principal diferencia radica en que todos los contratos son convenios, pero no todos los convenios son contratos. Los contratos tienen una finalidad específica de generar efectos jurídicos, mientras que los convenios pueden tener diversos propósitos.
Elementos esenciales de un contrato para tener vida jurídica:
Para que un contrato tenga validez legal en México, debe contener:
1. Consentimiento: La manifestación de la voluntad de las partes de obligarse.
2. Objeto: El bien o servicio que es materia del contrato.
3. Causa: El motivo por el cual se celebra el contrato.
Estos elementos son esenciales para que el contrato produzca efectos jurídicos y sea reconocible por las autoridades.
Elementos obligatorios de un contrato de franquicia en México:
Según el artículo 246 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, el contrato de franquicia debe contener, al menos, los siguientes requisitos:
Zona geográfica: Área donde el franquiciatario ejercerá las actividades objeto del contrato.
Inversiones en infraestructura: Ubicación, dimensión mínima y características de las inversiones en el establecimiento.
Políticas comerciales: Políticas de inventarios, mercadotecnia y publicidad, así como disposiciones sobre suministro de mercancías y contratación con proveedores.
Contraprestaciones: Políticas, procedimientos y plazos relativos a reembolsos, financiamientos y demás contraprestaciones.
Margen de utilidad: Criterios y métodos para determinar márgenes de utilidad o comisiones.
Capacitación y asistencia técnica: Características de la capacitación técnica y operativa, y forma en que el franquiciante otorgará asistencia técnica.
Supervisión y evaluación: Criterios, métodos y procedimientos de supervisión, información, evaluación y calificación del desempeño.
Subfranquicia: Términos y condiciones para subfranquiciar, si así lo convienen las partes.
Terminación del contrato: Causales para la terminación del contrato de franquicia.
Modificación del contrato: Supuestos bajo los cuales podrán revisarse y, en su caso, modificarse los términos del contrato.
Estos elementos buscan garantizar una relación clara y equitativa entre las partes involucradas en la franquicia.
¿Debe un contrato de franquicia ser suscrito frente a notario público?
No es obligatorio que un contrato de franquicia sea firmado ante notario público para que tenga validez jurídica. Sin embargo, es recomendable hacerlo para dotar al contrato de mayor formalidad y facilitar su ejecución en caso de disputas legales.
Relación comercial entre franquiciante y franquiciatario:
Al suscribir un contrato de franquicia, se establece una relación comercial en la que el franquiciante otorga al franquiciatario el derecho de operar un negocio bajo su marca y sistema, a cambio de contraprestaciones económicas. Esta relación implica obligaciones y derechos mutuos, como el cumplimiento de estándares de calidad, pago de regalías y respeto a la confidencialidad.
13 de junio del 2025.
Monterrey, N.L, México.
Autor: Erick Santillán, despacho jurídico especializado en franquicias BUSHER FRANQUICIAS.
fecha: 2025-06-09 